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¿Se pueden ver comprometidos los servicios esenciales en la próxima década?

Puedes leer esta tribuna del secretario general de alianzAS, Francisco Javier Sigüenza, en El Economista.

Desde su implementación hace casi una década, en 2015, la Ley de Desindexación ha sido objeto de numerosos debates y análisis. Esta medida buscaba estabilizar los precios y evitar incrementos que pudieran alimentar una espiral inflacionaria, y así permitir una mayor previsibilidad en los costes, tanto para el sector público como para el privado. Sin embargo, la realidad ha demostrado que los resultados no han sido tan claros ni beneficiosos como se esperaba. Asimismo, los considerandos previos establecidos en dicha Ley han quedado totalmente obsoletos, sirva como referencia indicar que el preámbulo de la misma hacía referencia al II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2012, 2013 y 2014, ya desfasados.

La realidad es que las restricciones de esta ley hacen que hoy nos encontramos en un verdadero cul de sac, una situación que nos mantiene inmovilizados e impide a las empresas adjudicatarias de licitaciones públicas actualizar los precios y los costes derivados de situaciones imprevistas de distinta índole como la inflación del 15% en los últimos 3 años, hechos tan excepcionales como la guerra en Ucrania o los efectos de la pandemia. Igualmente dichas restricciones dificultan enormemente las necesarias negociaciones colectivas entre los agentes sociales, que se ven restringidas en la capacidad de mejorar las condiciones laborales de las personas trabajadoras.

La desindexación ha generado incertidumbre en numerosos sectores. Sin una referencia establecida, las empresas del sector de los servicios esenciales se enfrentan a dificultades para proyectar sus costes y establecer nuevos precios. Esto es especialmente evidente en los contratos públicos, que se pueden prorrogar unilateralmente por parte de la Administración, manteniéndose vigentes durante años, y donde falta un mecanismo de actualización que pueda flexibilizar los ajustes.

Como consecuencia, nuestros sectores se encuentran en una situación compleja con los consiguientes efectos negativos no solo económicos, sino de gran impacto social, al tratarse de servicios muy sensibles como la atención a personas en situación de dependencia, los comedores escolares, las actividades deportivas, la limpieza y mantenimiento de instalaciones, o la integración y normalización laboral de personas con discapacidad. Según la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon), el 29% de los concursos públicos quedan desiertos a raíz de esta situación en un sector que representa el 2,2% del PIB y a 1,2 millones de personas trabajadoras.

Ante esta situación, las empresas adjudicatarias de servicios esenciales nos encontramos en una posición vulnerable, ya que debemos absorber los aumentos de costes laborales impuestos por todo tipo de modificaciones, tanto legales como convencionales derivadas de los convenios colectivos, sin tener si quiera la capacidad de poder negociar una revisión de los precios, que fueron establecidos en «tiempos pasados». Hemos de recordar que, desde que se aprobó la Ley de Desindexación, el Salario Mínimo Interprofesional ha aumentado un 75%. A este hecho se suman los costes derivados de las obligaciones laborales fijadas por los convenios colectivos o la normativa laboral básica. Estas medidas, si bien son beneficiosas para diversas categorías de trabajadores, suponen un riesgo considerable cuando deben ser asumidas exclusivamente por las empresas adjudicatarias cuyos contratos fueron iniciados antes de la implementación de tales cambios.

Necesitamos un enfoque equilibrado y justo que permita la sostenibilidad fiscal sin sacrificar la calidad y accesibilidad de servicios tan fundamentales como los descritos. Es por esto que, desde alianzAS, iniciativa que aglutina a nueve organizaciones del sector de los servicios esenciales, creemos de vital importancia reactivar con urgencia el diálogo con la Administración Central para posibilitar la revisión de precios en los contratos públicos. Dicha posibilidad de revisión es asimismo un imperativo para nuestra Administración, dimanante de la Estrategia Nacional de Contratación Pública (ENCP), que contempla expresamente el compromiso recogido dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España con la Comisión Europea (Compromiso de Modernización de las Administraciones Públicas) y en el cual se contempla expresamente entre los objetivos solucionar la problemática generada por la «revisión periódica y predeterminada de precios y revisión de precios en atención a los principios de riesgo imprevisible y cláusula rebus sic stantibus«.

Creemos firmemente que de esta manera no solo beneficiaremos a las empresas, que podrán continuar siendo el motor económico, social y de empleo en nuestro país, sino también a los ciudadanos que podrán seguir beneficiándose de servicios de la máxima calidad e importancia, y a las personas trabajadoras que verán mejoradas sus condiciones laborales.